El Congreso de los Diputados aprobó el martes iniciar la tramitación de una Proposición de Ley, presentada por el PDeCat, que modificará la Ley de Mecenazgo aprobada en 2002 con el “objetivo principal” de incrementar los incentivos fiscales al mecenazgo.
Tras ser una de las propuestas del Gobierno de Pedro Sánchez para esta legislatura (también lo fue en la anterior), finalmente ha sido la Proposición de Ley presentada por el PDeCAT la tomada en consideración para llevar a cabo la reforma de esta Ley de Mecenazgo, aprobada por primera vez en 1994 y cuya última actualización se llevó a cabo en 2002.
Esta iniciativa fue aprobada por 67 votos a favor y 42 en contra, en concreto con los votos a favor de todos los grupos parlamentarios excepto los del Partido Popular y el Grupo Mixto, y la abstención del Grupo Vasco.
Defendida por el diputado del PDeCat Sergi Miquel i Valentí, esta Proposición de Ley tiene como “objetivo principal incrementar los incentivos fiscales al mecenazgo”, tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes.
En el caso de personas físicas, eleva los actuales porcentajes de deducción, del 75 al 90 por ciento para donaciones inferiores a 150 euros y del 30 al 50 por ciento para los importes que excedan los 150 euros. En el caso de personas jurídicas, el porcentaje de deducción se eleva desde el 35 al 50 por ciento. Según matizó Miquel i Valentí, los estímulos “alcanzan porcentajes parecidos a los vigentes en otros países de Europa y, particularmente Francia”.
El nuevo texto otorga particular importancia al micromecenazgo ya que prevé que las donaciones realizadas a través de dichas plataformas sean “plenamente deducibles”. Además, se revaloriza el papel de las comunidades autónomas en la determinación de los “proyectos susceptibles de beneficiarse del mecenazgo, en su territorio”, y serán los órganos de la comunidad autónoma “los responsables de la valoración de los bienes cuando la donataria sea una comunidad autónoma”.
También amplía las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro. Entre las nuevas actividades exentas están la organización de actividades públicas de difusión y promoción cultural o las prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas sin empleo o en riesgo de exclusión social.
Entre otras nuevas aportaciones está la de “flexibilizar” la aplicación del IVA a las entidades sin finalidad de lucro que se hallan exentas, “con el fin de que este régimen fiscal realmente les sea favorable”.
La reforma de la Ley de Mecenazgo es un objetivo reclamado desde hace mucho tiempo por el mundo del deporte, para poder incentivar fiscalmeente las aportaciones de patrocinio y convertir la actividad deportiva en un aliciente mayor de cara a la esponsorización.