El Gobierno crea la Comisión Interministerial para el desarrollo del Estatuto del Artista


  • Está previsto que se reúna por primera vez en septiembre
  • El Estatuto del Artista dotará al colectivo de un marco jurídico estable adaptado a las particularidades del sector cultural

El Consejo de Ministras y Ministros, a propuesta del ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha aprobado este martes la creación de la Comisión Interministerial para el desarrollo del Estatuto del Artista, que dotará a este colectivo de un marco jurídico estable adaptado a las particularidades del desempeño artístico.

Este órgano colegiado interministerial está adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte. Estará integrado por vocales del Ministerio de Hacienda; Ministerio de Educación y Formación Profesional; Ministerio de Trabajo y Economía Social; Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; y Ministerio de Universidades. Está previsto que en septiembre se convoque la primera reunión.

Entre otras funciones, la Comisión Interministerial para el desarrollo del Estatuto del Artista realizará seguimiento y formulación de propuestas que sirvan de base a la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo y ejecución del Estatuto del Artista; impulsará y coordinará las actuaciones de los órganos concernidos de la Administración General del Estado; y estudiará las propuestas elaboradas por los grupos de trabajo.

Su creación da respuesta a las peticiones parlamentarias sobre la fiscalidad del sector, la protección laboral y de Seguridad Social, y la compatibilidad entre prestaciones por jubilación e ingresos por derechos de autor.

Se trata de una de las reformas enmarcadas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contribuirá a impulsar el sector cultural, mejorando las condiciones laborales de sus trabajadores y mitigando las consecuencias de la crisis provocada por la COVID-19.

Composición y funciones

La presidencia de la Comisión corresponde al titular del Ministerio de Cultura y Deporte y contará con una vicepresidencia primera, que corresponde al titular de la Secretaría General de Cultura, y una vicepresidencia segunda, que corresponde al titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte.

A las reuniones de la Comisión podrán asistir representantes de otros departamentos ministeriales, y de otros organismos o administraciones, asociaciones, entidades y organizaciones empresariales y sindicales. También podrá invitarse a personas expertas y a personas representantes de la sociedad civil. Está prevista la creación de grupos de trabajo para facilitar la consecución de sus objetivos.

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