El BOE de este viernes publica la Resolución de 21 de enero de 2016 de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan las ayudas para la acción y la promoción cultural correspondientes al año 2016.
EXTRACTO
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las personas jurídicas de nacionalidad española, de cualquier estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Las personas jurídicas no podrán tener ánimo de lucro, deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán tener residencia fiscal en España.
Quedan excluidas las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos.
Segundo. Finalidad:
Las ayudas para la acción y la promoción cultural tienen por objeto el fomento y la producción de actividades que contribuyan a generar contenidos culturales y a la modernización y profesionalización del sector cultural español.
Tercero. Bases Reguladoras:
ORDEN CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Cuarto. Importe:
El importe máximo imputable a la subvención será de 1.900.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones del Ministerio.