El TSJC mantiene la limitación de personas en reuniones familiares y sociales


El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado luz verde este viernes a la solicitud presentada por el Gobierno de Canarias de limitar el número máximo de personas participantes en las reuniones de carácter social o familiar, en espacios cerrados o al aire libre, durante el próximo mes de agosto, según adelanta Tiempodecanarias.com

De esta manera, las reuniones quedarán supeditadas a los límites que quedan establecidos en los distintos niveles de alerta sanitaria por islas. Así, en el nivel 1 se permitirá un máximo de diez personas, en el nivel 2 seis y en el 3 y 4 el máximo será de cuatro personas. No habrá límites entre convivientes, si bien entre no convivientes se mantendrán las restricciones anteriores.

De igual modo, el TSJC también ha ratificado en otro auto la suspensión cautelar de la obligatoriedad del certificado Covid-19 para acceder al interior de los establecimientos. En esta ocasión la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC atiende de forma cautelar, y a la espera de conocer las alegaciones del Gobierno de Canarias, la demanda de la asociación Liberum. En el auto también se establece que el aforo de los establecimientos y locales de juego y apuesta queda fijado en un 55 por ciento en el nivel 4 sin que se les pueda reclamar a los usuarios certificado Covid para acceder a las instalaciones.El TSJC alude a la vulneración del derecho a la intimidad en la petición de los certificados de vacunación

Según la Sala, no existe ningún indicio que señale a estos establecimientos como lugares más contaminantes que el resto de los espacios culturales y estima que un aforo del 33 por ciento sería «injustificado». Además alude a la vulneración del derecho a la intimidad en la petición de los certificados de vacunación y señala que mientras los responsables o empleados de los establecimientos no tienen por qué enseñar sus certificados ya que la vacunación no es obligatoria, son habilitados «por arte de la medida» en controladores de la Salud Pública al requerirlo a los usuarios «pasando a invadir el derecho a la intimidad personal».

Si continúa navegando, acepta nuestra política de cookies    Más información
Privacidad